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Inspecciones técnicas de Embarcaciones de Recreo
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El REAL DECRETO 1434/1999, de 10 de septiembre, establece los reconocimientos e inspecciones de las embarcaciones de recreo para garantizar la seguridad de la vida humana en la mar.
La ORDEN FOM/1144/2003 recoge las innovaciones producidas en la determinación de los equipos de seguridad, salvamento, contra incendios, navegación y prevención de vertidos por aguas sucias que deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo.
Son consideradas como embarcaciones de recreo aquellas de todo tipo, con independencia de su medio de propulsión (sea vela, motor u otro), que tengan una eslora comprendida entre 2,5 y 24 metros, proyectadas y destinadas para fines recreativos y deportivos, y que no transporten más de 12 pasajeros. Se incluyen las que se exploten con fines lucrativos, alquilándolas con o sin tripulación.
Estas embarcaciones están sometidas a los siguientes reconocimientos:


INICIAL:
Obligatorio para todas las embarcaciones, salvo que lleven incorporado el marcado CE de conformidad.

PERIÓDICO (Cada cinco años como máximo):
Obligatorio para las embarcaciones a partir de 6 metros de eslora de uso particular y para todas las que se exploten con fines lucrativos.

INTERMEDIO (Entre el segundo y tercer año desde la fecha del último reconocimiento periódico):
Obligatorio para todas las embarcaciones a partir de 6 metros que se exploten con fines lucrativos y para las de uso particular a partir de 15 metros (o de 6 metros si son de madera)

ADICIONAL:
Obligatorio cuando en la embarcación se efectúen reparaciones o modificaciones y cuando haya sufrido varada, abordaje o averías que puedan afectar a sus condiciones de seguridad en navegación. En casos como cambio de motor o cambio de categoría de navegación consulte

EXTRAORDINARIO:
Se efectuará a requerimiento de órgano judicial o de la Dirección General de la Marina Mercante.

Los reconocimientos e inspecciones periódicos, intermedios, adicionales y extraordinarios de carácter obligatorio serán realizados por entidades colaboradoras de inspección, siendo la nuestra una de las primeras empresas en ser autorizadas por la Administración Marítima.
En los reconocimientos se verifica el buen estado o correcto funcionamiento de elementos como:

- Casco
- Maquinaria
- Instalación eléctrica
- Líneas de transmisión y hélices
- Timón y sistema de gobierno
- Protección catódica
- Arboladura y jarcia
- Circuito de combustible
- Sistema de achique
- Instalaciones de cocina
- Detección y extinción de incendios
- Equipo de fondeo
- Equipo de salvamento
- Material náutico
- Luces de navegación
- Equipos radio-eléctricos
 
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Certificados de navegabilidad
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El cumplimiento de la embarcación con las condiciones reguladas en este real decreto se acreditará mediante la presentación de Certificado de navegabilidad, en donde constará la relación de los reconocimientos reglamentarios, la clase de reconocimiento efectudo y la fecha de los próximos reconocimientos. La ausencia de realización o falta de superación de dichos reconocimientos en los plazos establecidos supondrá la caducidad del mismo.

Debe llevarse siempre a bordo. Los propietarios de la embarcaciones serán responsables del mantenimiento del certificado de navegabilidad.

Si desea más información y un presupuesto detallado contacte con nosotros. ( Forumlari)

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Homologación de Embarcaciones
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El cumplimiento de la embarcación con las condiciones reguladas en este real decreto se acreditará mediante la presentación de Certificado de navegabilidad, en donde constará la relación de los reconocimientos reglamentarios, la clase de reconocimiento efectudo y la fecha de los próximos reconocimientos. La ausencia de realización o falta de superación de dichos reconocimientos en los plazos establecidos supondrá la caducidad del mismo.

Debe llevarse siempre a bordo. Los propietarios de la embarcaciones serán responsables del mantenimiento del certificado de navegabilidad.

Si desea más información y un presupuesto detallado contacte con nosotros. ( Forumlari)

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Peritaciones - Tasaciones - Nuevo!! Survey

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Peritaciones
Si has tenido un siniestro en tu embarcación y no estás conforme con el diagnóstico del perito de la compañía de seguros. No dudes en contratar nuestro servicio de peritaciones, un informe independiente te ayudará a obtener la peritación justa frente a la compañía de seguros.

Tasaciones
Si vas a liquidar el IVA de importación, el II.EE. impuesto de matriculación, o el impuesto de transmisiones y quieres asegurarte de no recibir una liquidación complementaria después de la comprobación de valoraciones que realiza la hacienda estatal y autonómica. Nuestro departamento de tasaciones realizará una valoración sobre el estado de la embarcación, evitando reclamaciones administrativas posteriores.

Nuevo!! Survey
Si vas a comprar un barco o deseas poner tu barco en venta, nosotros certificamos el estado en que se encuentra la embarcación y hacemos una valoración del mismo. Si compras una embarcación te ayudará a conocer mejor el estado de conservación, pudiendo exigir un justo precio. Si tu Compañía aseguradora te solicita un informe técnico o verificación sobre el estado de tu embarcación, estamos reconocidos ante las Compañías de primer orden de ámbito nacional e internacional.

Servicio en todo el litoral de la península, baleares y canarias.

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